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Acordar una vivienda (ANAH)

¿Es usted propietario de una o varias viviendas y alquila o desea alquilar su vivienda? Toda la información a continuación.

Me gustaría celebrar un contrato de alquiler con Anah

Soy propietario y me gustaría tener información sobre el convenio de vivienda

¿Qué es el pacto por la vivienda?

El programa Loc'Avantages para propietarios.

Este contrato es una solución interesante que permite al propietario obtener una deducción fiscal de entre el 15% y el 65% sobre sus ingresos brutos procedentes de la tierra, en función de la renta cobrada (véase el cuadro adjunto) durante un periodo de 6 años, tanto si se opta por un acuerdo con o sin trabajo.                              

Para ello, el propietario se compromete a alquilar su vivienda a personas con un determinado límite de ingresos(véanse los límites máximos) y a un alquiler que no supere un determinado umbral. 

¿Cuáles son las ventajas de aceptar el alquiler de mi vivienda?

Usted compone su acuerdo como quiera con la posibilidad de beneficiarse, además de un atractivo sistema fiscal, de ayudas financieras para renovar su propiedad o mejorar su etiqueta energética y/o de ayudas para la gestión del alquiler cuando utilice el mecanismo de intermediación del alquiler.

F.A.Q Anah

  • Propietarios", es decir, propietarios que ocupan su vivienda. Su nivel de recursos no debe superar un determinado límite
  • Propietarios", es decir, personas que poseen uno o más inmuebles y que alquilan o desean alquilar con o sin realizar obras
  • Comunidades de propietarios para obras en zonas comunes
  • Deben ser por un importe mínimo de 1.500 euros sin impuestos, excepto para los propietarios con recursos "muy modestos", para los que no se exige ningún umbral.
  • No deben iniciarse antes de presentar la solicitud de subvención a la Anah.
  • Deben figurar en la lista de obras subvencionables (documento de enlace). Esto excluye tanto los trabajos menores de mantenimiento o decoración por sí solos como los trabajos asimilables a una nueva construcción o ampliación.
  • Las obras incluidas en el proyecto deben estar relacionadas con una prioridad de intervención de Anah: tratamiento de infraviviendas o viviendas muy degradadas, renovación térmica de viviendas y lucha contra la pobreza energética, adaptación de viviendas a la pérdida de autonomía por discapacidad o envejecimiento, recuperación de copropiedades en dificultad
  • Deben ser realizadas por profesionales de la construcción.

La vivienda debe haber sido terminada al menos 15 años antes de que se notifique la decisión de conceder la subvención.

Sí, la subvención nunca es automática. La decisión se toma a nivel local. Para ello, las prioridades nacionales se adaptan en función de los contextos específicos de cada territorio y de los medios disponibles. Cada proyecto se estudia desde sus diferentes aspectos: económico, social, medioambiental y técnico.

Hasta el 31 de diciembre de 2020, esta obligación se aplicaba únicamente a las obras de renovación energética que estuvieran sujetas a una calificación RGE y mencionadas en el artículo 46AX del Anexo III del Código General de Impuestos.

Los trabajos no mencionados en el artículo 46AX del anexo III del CGI (como la ventilación, la retirada de depósitos de aceite, los radiadores eléctricos, la ventilación de doble y simple flujo, el ACS, etc.) no estaban sujetos a la ejecución obligatoria por parte de una empresa de RGE (existiera o no la calificación).

Sin embargo, a partirdel 1 de enero de 2021, la nomenclatura de los trabajos de la EGR se ha modificado sustancialmente (redefinición de su ámbito de aplicación y de su denominación, nuevas categorías de trabajos).

Para todas las solicitudes que se presenten a partir de esta fecha, las obras nuevas deberán ser realizadas por una empresa RGE (emisores eléctricos, equipos de control, ventilación, bombas de calor aire-aire, etc.). Para más información sobre las obras, consulte la guía RGE 2021 de la ADEME, que se publicará próximamente.

  • Sin superar la renta máxima fijada por la Anah;
  • Alquilar, como vivienda principal, a personas cuyos recursos estén por debajo de los límites máximos fijados a nivel nacional;
  • No alquile a familiares cercanos;
  • Si el inquilino se marcha durante el periodo cubierto por el contrato de Louer Mieux, el inmueble se volverá a alquilar en las mismas condiciones previstas en el contrato.

Desdeel 1 de julio de 2020, el acuerdo sin obra está condicionado a la consecución de un nivel mínimo de rendimiento energético.

El decreto retroactivo del 10 de noviembre de 2020 exige que el contribuyente que firme un convenio sin obra con la Anah acredite un consumo de energía primaria convencional de la vivienda inferior a 331 kWh/m2/año, equivalente a una etiqueta E.

Sólo se trata de nuevos convenios,no es necesario comprobar laetiqueta energética en caso de prórroga de un convenio existente.

Me gustaría establecer el acuerdo para mi alojamiento

Documentos que deben descargarse, imprimirse y entregarse.

Usted imprimirá y nos proporcionará : 

  • 2 copias de acuerdos (sociales o intermedios, según su elección)
  • 1 copia del contrato de arrendamiento
  • 1 copia del IR del inquilino
  • 1 prueba de superficie (DPE, acta notarial, etc.)
  • si SCI, kbis y estatutos de este último
  • ECD a nombre del propietario actual

Dispondrá de 2 meses, a partir del día de la firma del contrato de alquiler, para facilitarnos todos los documentos

Envíe los documentos a la siguiente dirección o entréguelos directamente (abierto al público los lunes de 14 a 16 horas y los viernes de 9 a 11 horas): Perpignan Méditerranée Métropole -Direction des Solidarités - 11 Boulevard Saint-Assiscle, 66000 PERPIGNAN

Todos los documentos deben corresponderse entre sí. Por ejemplo, la superficie de la vivienda indicada en el contrato de arrendamiento será la misma que la indicada en el acuerdo o los compromisos. Además, si el alojamiento del propietario está a nombre del Sr. y la Sra., los acuerdos y compromisos serán firmados por ambas partes por igual.

Pedir cita

Recepción física sin cita previa los viernes de 09:00 a 11:00.
Recepción telefónica por la mañana de 09:00 a 11:30.